Por unanimidad.
CS acoge protección y ordena a COMPIN un nuevo peritaje a trabajador con diagnóstico de depresión grave.
Máximo Tribunal ordenó al órgano administrativo realizar nuevos peritajes que den cuenta exhaustiva de los antecedentes médicos que funden la cobertura o rechazo a las licencias médicas.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar acogió protección deducida por trabajador en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la COMPIN frente a su negativa a otorgar cobertura a licencias médicas en las cuales se le indicó reposo al trabajador, por presentar un cuadro de depresión grave.
La sentencia de la Corte Suprema Señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que, conforme dan cuenta los antecedentes de autos, la decisión adoptada por la recurrida no se apoya en ningún elemento de convicción que la avale, soslayando hacer mención a otros factores objetivos que corroboren el dictamen a que arribó, carencias que la privan de contenido, sin que sea dable discernir que aquélla se basta a sí misma si no ofrece los elementos de juicio necesarios que permitan comprenderla y entender la razón por la cual se le niega el derecho al reposo prescrito.
Luego, indica el fallo del máximo Tribunal que la Compin directamente o a instancia de la Superintendencia, con miras a acatar el mandato legal consistente en resolver las apelaciones promovidas por los afiliados contra los decretos del régimen de salud, puede recabar los antecedentes que habiliten adoptar una providencia fundada frente a los requerimientos de los usuarios del sistema, cometido omitido injustificadamente en el actual litigio. Por ello, añaden los altos sentenciadores que la conducta del organismo recurrido no se ajustó a la preceptiva que gobierna la cuestión, tanto por no especificar los fundamentos de su determinación, como al no decretar nuevos exámenes o disponer una evaluación médica con el propósito de esclarecer la condición actual de salud del recurrente.
Comentarios (1)
luis ramon luhr silva La Corte de apelaciones de Concepción dictó un fallo similar ordenando a la suceso instruya al COMPIN de biobio realizar peritajes y en otra nuevo informe médico, todo ratificado por la Corte Suprema, pero tanto el suseso como el COMPIN, de una u otra forma se niegan a cumplir con la sentencia. De nada sirven estas sentencias en que le delega la facultad a la suseso para resolver el conflicto. Lamentablemente el superintendente se da la licencia de hacerle el quite a dos sentencias ejecutoriadas
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