En fallo unánime.
CS acoge recurso de protección contra Cooperativa por denegar la solicitud de incorporación como socio a una persona que se sometió a un proceso de liquidación de bienes.
La recurrida negó la solicitud de incorporación como socio del actor en base a información financiera que se obtuvo al margen de la normativa legal vigente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que acogió un recurso de protección deducido en contra de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente (ORIENCOOP) por denegar la solicitud de incorporación como socio a una persona que se sometió a un proceso de liquidación de bienes de persona deudora.
El conflicto surge en noviembre de 2020, luego que ORIENCOOP comunicara al recurrente que su solicitud de incorporación como socio había sido denegada en virtud de un bloqueo emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que le impide volver a ser parte del sistema bancario.
El actor accionó de protección, acusando que el actuar de la Cooperativa es ilegal, ya que obtuvo sus antecedentes comerciales privados sin su consentimiento, accediendo ilícitamente a datos sensibles protegidos por la Ley N°19.628 y rechazando su solicitud en virtud de un bloqueo que no contempla la Ley N°20.720, lo que vulnera su derecho a la honra.
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