Diario Constitucional

Hasta el cumplimiento de la pena.

CS acogió amparo presentado por extranjero a quien le fue denegada visación de residencia restringida.

La sentencia expresa que el amparado debe permanecer en el territorio nacional para dar cumplimiento a la pena impuesta.

Por Redacción·11 de mayo de 2017·4 min de lectura
CS acogió amparo presentado por extranjero a quien le fue denegada visación de residencia restringida.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, por estimar vulneradas las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual de un ciudadano colombiano.

En su libelo, el amparado expone que es un ciudadano colombiano que, encontrándose con visa temporaria, fue condenado el 8 de septiembre de 2014 por infracción a la Ley N° 20.000 a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, sanción que fue sustituida por la de libertad vigilada intensiva por el mismo período. Señaló que durante la ejecución de la pena impuesta, el Ministerio del Interior, a través de su Departamento de Extranjería y Migración, dispuso el 16 de abril de 2015 la expulsión del amparado, medida que ha de cumplirse una vez que el afectado cumpla las penas pendientes o medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad que existieren, decreto notificado el 28 de mayo de 2015. Agrega que con fecha 9 de noviembre de 2017 solicitó visación de residencia restringida, la cual fue denegada aduciendo la sentencia antes referida y el decreto de expulsión dictado como consecuencia de ella.

En su sentencia, el máximo Tribunal señala, como cuestión previa, que la permanencia del amparado en el territorio nacional no es voluntaria, sino dispuesta por una sentencia ejecutoriada que lo sujetó al cumplimiento de una sanción de orden penal. Por lo tanto, expone que las peticiones del amparado tendientes a regularizar su situación migratoria apuntan a la observancia y sujeción no sólo a los términos de la referida sentencia, sino también a las normas de carácter migratorio que regulan la forma en que los ciudadanos extranjeros han de permanecer en el país.

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