Diario Constitucional

Es ilegal omitir el deber de consulta a los pueblos originarios.

CS acogió protección deducida por comunidades indígenas al no cumplirse con las disposiciones del Convenio 169 de la OIT.

Se dedujo acción de protección en contra de la Comisión de Evaluación de la I Región, por parte de un Consejero Territorial del Alto Tarapacá, actuando por sí, y en representación de comuneros de la Quebrada de Tarapacá, a fin de que se declare ilegal y arbitraria la resolución que permite sondajes de prospección, lo…

Por Redacción·18 de abril de 2012·1 min de lectura
CS acogió protección deducida por comunidades indígenas al no cumplirse con las disposiciones del Convenio 169 de la OIT.
Referencial

Se dedujo acción de protección en contra de la Comisión de Evaluación de la I Región, por parte de un Consejero Territorial del Alto Tarapacá, actuando por sí, y en representación de comuneros de la Quebrada de Tarapacá, a fin de que se declare ilegal y arbitraria la resolución que permite sondajes de prospección, lo que habría vulnerado la igualdad ante la ley y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

El recurrente alega que el proyecto se debe evaluar a partir de un estudio de . . .

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