Diario Constitucional

Acto ilegal y arbitrario.

CS confirma sentencia y acoge protección deducida contra establecimiento educacional que no renovó matrícula de alumno.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección; decisión que fue confirmada –en todas sus partes- por la Corte Suprema en alzada.

Por Redacción·05 de mayo de 2015·4 min de lectura
CS confirma sentencia y acoge protección deducida contra establecimiento educacional que no renovó matrícula de alumno.
Referencial

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular en representación de su hijo- contra el establecimiento educacional “The Thomas Jefferson School”.

El recurrente estimó vulnerado el derecho a la igualdad ante la ley, el derecho a la educación y el derecho a la libertad de enseñanza.

Al efecto, adujo en su libelo que el día 4 de diciembre del año en curso, la madre y también apoderada del menor, fue notificada mediante carta de esa misma fecha firmada por el rector del establecimiento informando la aplicación de la medida de “No Renovación de Matrícula para el año 2015”.

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