Se ejerció facultad legal.
CS confirma sentencia y rechaza protección por requisición de celular a un alumno.
La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el arbitrio constitucional; decisión confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema.

Se dedujo acción de protección –por parte de un apoderado- en contra de un establecimiento educacional.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales correspondientes al derecho al debido proceso, derecho y protección a la vida privada y el derecho de propiedad, por el acto arbitrario e ilegal del recurrido consistente en la dictación de una resolución y sanción en el marco de lo que el colegio denomina «requisición de celulares» y en cuya virtud se le requisó el celular que portaba su hijo.
Por su parte, el recurrido informó que actuó conforme a derecho al aplicar el reglamento interno de la institución, y la medida disciplinaria adoptada por el colegio, ya dejó de cumplir su efecto, pues llegado el día viernes 5 de septiembre de 2014, al término de la jornada escolar, se dio aviso a los padres del alumno mediante correo electrónico y a través de una comunicación enviada por medio del propio alumno, a quien además, se le informó verbalmente, que a partir de ese momento podían retirar el celular desde el colegio, sin que hasta la fecha del presente escrito lo hayan hecho.




