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Con voto en contra.

Corte Suprema confirmó sentencia que acogió protección en contra de conocido comunicador por «funar» a ex arrendataria por Twitter

La Corte de Apelaciones de Santiago indicó en su sentencia que, según se advirtió del informe evacuado en estos autos, es el propio recurrido, quien reconoció que sus dichos no se ajustan a la legalidad.

Por Redacción·11 de febrero de 2020·2 min de lectura
Corte Suprema confirmó sentencia que acogió protección en contra de conocido comunicador por «funar» a ex arrendataria por Twitter
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Con voto en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió un recurso de protección deducido por una ex arrendataria en contra de un ex arrendador y conocido comunicador por “funar” a la recurrente en Twitter.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del ex arrendador por la publicación de un mensaje en la red social Twitter en el cual señaló que, no podía demandar a la recurrente por supuestamente no haber pagado cánones de arriendo, gastos comunes y supuestos destrozos en la propiedad.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 4 y 24.

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