En forma unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Subsecretario de Pesca por proyecto de extender área de pesca artesanal de reineta entre la V y la XII región
Los recurrentes consideraron vulnerada la igualdad ante la ley.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Temuco, que acogió la acción de protección deducida por una asociación gremial de armadores de embarcaciones pesqueras, un sindicato pesquero y una agrupación comunal de organizaciones de pescadores artesanales contra la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, debido a que elaboró y se propone dictar un acto administrativo que pretende extender el área de operaciones de los pescadores artesanales de reineta, entre la V y la XII región, por considerar que dicho recurso es altamente migratorio.
Los recurrentes consideraron vulnerada la igualdad ante la ley, toda vez que la medida anunciada favorece directamente a un grupo de pescadores de la zona de Lebu en desmedro de los pescadores artesanales de otras regiones, sin que existan antecedentes que permitan sustentar dicha decisión. Asimismo, aducen que se amenaza el derecho de propiedad, ya que cuentan con cuotas de pesca vigentes, las cuales no sólo se verán afectadas por la extracción ilegal de reineta en estas zonas, sino que también por la pesca indiscriminada que conlleva la pesca de la reineta. Finalmente, indican que se amenaza el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, no ha existido un procedimiento tendiente a garantizar la sustentabilidad del recurso pesquero de la afectación de otras especies producto de la depredación o sobreexplotación de la reineta, ni existen antecedentes técnicos que garanticen la sustentabilidad de los recursos pesqueros de la zona por parte de las flotas que llegarán a la zona.
En su sentencia, la Corte de Temuco señaló en su oportunidad que la interpretación dada por la recurrida a la normativa aplicable al asunto resulta restrictiva, omitiéndose un procedimiento que permite el pleno respecto de los diversos actores del proceso de pesca artesanal, y en lo específico, claramente se avizora una amenaza a la garantía constitucional de igualdad ante la ley, pues si la especie marina reineta se encuentra actualmente en la zona perteneciente a la novena región, los pescadores de dicha región deben ser escuchados de manera previa a la decisión administrativa, conforme al procedimiento establecido al efecto. Aún más, un proyecto de resolución de la manera que ha sido dada, aparece como apta para vulnerar en un futuro, la libertad de ejercer una actividad económica y el derecho de propiedad que se tiene sobre el derecho a pescar en la zona en la que cada pescador se encuentra registrado conforme a la Ley.
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