Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que acogió protección deducido por Director Nacional de AFIICH contra integrantes del Tribunal de Disciplina de la misma por faltas al debido proceso en juicio disciplinario.

La Corte de Santiago indicó que, a fin de restablecer el imperio del derecho, se dejó sin efecto la Resolución N° 20, de 17 de mayo de 2019.

Por Redacción·26 de febrero de 2020·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que acogió protección deducido por Director Nacional de AFIICH contra integrantes del Tribunal de Disciplina de la misma por faltas al debido proceso en juicio disciplinario.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago y acogió un recurso de protección deducido por un Director Nacional de la Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos de Chile en contra de los integrantes del Tribunal de Disciplina de la misma por faltas al debido proceso en un juicio disciplinario.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de los integrantes del Tribunal de Disciplina de la Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos de Chile (AFIICH) por la dictación de la Resolución N° 20, de fecha 17 de mayo de 2019, que rechazó el recurso de reposición presentado por el recurrente y dispuso que las sanciones de suspensión de derechos por un año al recurrente, además de la sanción de cese inmediato de su cargo de Director Nacional de la Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos de Chile.

El recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 3.

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