Diario Constitucional

Con un voto en contra.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por Teniente Coronel contra Ejército por ser incluida en Lista Anual de Retiros a pesar de sus buenas calificaciones.

La Corte de Santiago, declaró inadmisible el recurso de protección.

Por Redacción·25 de marzo de 2020·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por Teniente Coronel contra Ejército por ser incluida en Lista Anual de Retiros a pesar de sus buenas calificaciones.
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Con un voto en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible un recurso de protección deducida por una Teniente Coronel en contra del Ejército por ser incluida en la Lista Anual de Retiros a pesar de sus buenas calificaciones.

La sentencia de la Corte de Santiago señaló que, de los antecedentes acompañados por la propia recurrente, apareció que ella tuvo conocimiento del acto impugnado, al menos, desde el día dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, época en la cual la recurrida se pronunció negativamente a su solicitud, y habiendo deducido el presente recurso con fecha ocho de febrero del año en curso, por lo que no pudo ser acogido a tramitación por extemporáneo. Razón por la que se declaró inadmisible el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada. La que fue acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso y darle la tramitación correspondiente, en virtud de sus propios fundamentos.

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