Por unanimidad
Corte Suprema rechazó recurso de protección contra Embajador de Chile en Emiratos Árabes Unidos por resolución que negó visa a ciudadano pakistaní.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 2 y 16 de la Constitución.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Iquique que rechazó un recurso de protección deducido por un particular en contra del Embajador de Chile en los Emiratos Árabes Unidos por la dictación de una resolución que negó el otorgamiento de visa residente sujeta a contrato de trabajo a un ciudadano pakistaní.
En el escrito, se señaló haber recurrido de acción de protección en contra del Embajador de Chile en los Emiratos Árabes Unidos, por la dictación de la Resolución Exenta N° 139, de fecha 10 de abril de 2019 de la Sección Consular de Chile en Abu Dhabi; la cual negó otorgar visa residente sujeta a contrato de trabajo a un ciudadano pakistaní por incurrir en la causal contenida en el inciso final del artículo 138 del Decreto Supremo N° 597, es decir: “por razones de conveniencia o utilidad nacionales”.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 2 y 16 de la Constitución. En su sentencia, la Corte de Iquique indicó que, debe indicarse que el recurrente interpuso su acción de protección en contra del Embajador de Chile en los Emiratos Árabes Unidos, por su negativa a otorgar visa residente sujeta a contrato de trabajo. Por lo anterior, se desprendió que el acto recurrido es precisamente la resolución de 11 de abril de 2019, Resolución Exenta N°139-2019, la cual se entendió notificada tácitamente una vez que se interpusieron los recursos antes mencionados, es decir, el 18 de abril pasado.
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