Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio por dictación del Decreto Supremo que declaró monumento nacional el barrio Suárez Mujica.
Los recurrentes estimaron que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3 inciso 5 y 24.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por 51 propietarios en contra del Ministerio de las Culturas, las Artes y del Patrimonio por la dictación del Decreto Supremo que declaró monumento nacional el barrio Suárez Mujica.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de contra del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural; por la dictación del Decreto Supremo N° 35 publicado el día 28 de noviembre de 2018, del Ministerio recurrido, que declaró monumento nacional en la categoría de zona típica el barrio Suárez Mujica ubicado en la comuna de Ñuñoa de Santiago y de la Contraloría General de la República (CGR); por haber tomado razón del mismo.
Los recurrentes estimaron que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3 inciso 5 y 24.
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