En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por un estudiante de derecho contra Universidad que le impidió inscribir la cátedra de «Derecho Internacional de los Derechos Humanos».
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, libertad de enseñanza y su derecho de propiedad.

La Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducida por profesor de historia contra Universidad Academia de Humanismo Cristiano, que le impidió inscribir la cátedra de “Derecho Internacional de los Derechos Humanos” por no cumplir con el prerrequisito consistente en haber cursado el ramo de Derecho Internacional Público.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, libertad de enseñanza y su derecho de propiedad.
Cabe recordar que la sentencia de la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que la solicitud académica ingresada por el recurrente con fecha 30 de agosto de 2018, pidiendo la inscripción de los ramos correspondientes al 2° semestre, entre los cuales se encontraba la cátedra de Derecho Internacional de los DDHH no podía ser cursada favorablemente por las autoridades académicas de la casa de estudios superiores en comento, por cuanto, es un hecho no controvertido que, a la fecha, el recurrente no había cursado el ramo de Derecho Internacional Público, el cual, como se explicó, es prerrequisito para cursar la cátedra de Derecho Internacional de los DDHH, siendo de toda lógica que para cursar un ramo sobre un aspecto especial, previamente, se curse el ramo que aborda la generalidad del ámbito comprendido en su regulación.
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