Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por particular contra Ministerio Público por mantener en registro del SAF sus antecedentes personales relativos a procesos en los que fue sobreseído.
El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 4 y 24.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por un particular en contra del Ministerio Público por mantener en el registro del Sistema de Apoyo a los Fiscales sus antecedentes personales relativos a procesos penales en los que fue sobreseído.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Ministerio Público por mantener en el registro del Sistema de Apoyo a los Fiscales (SAF) sus antecedentes personales relativos a dos procesos penales en los que fue sobreseído, mantenimiento de información que afectaría su deseo de ingresar a la administración pública.
El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 4 y 24.
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