Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección por eventuales irregularidades en las que habría incurrido abogado de Municipalidad de Combarbalá en dictación de sumario contra profesora.
El máximo Tribunal estimó que no existe vulneración del recurrido al dictar un proceso sumarial.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena, que rechazó protección deducida por profesora quien denunció eventuales irregularidades en la dictación de un sumario en su contra promovido por abogado de la DAEM de la Municipalidad de Combarbalá.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que la recurrida fue objeto de un sumario administrativo en su contra, producto de lo que ella señala habría sido una imputación por un acercamiento de carácter sexual con una estudiante y donde la actora señala que únicamente procedió a su acompañamiento pedagógico por su vulnerabilidad.
Agrega el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena que, la actora, respecto a esta actuación presentó un requerimiento ante la Contraloría General de la República, la que dispuso la arbitrariedad de diversos episodios del proceso sumario en su contra y que en base a tal decisión el municipio entabló acción de protección ante la misma Corte, el que confirmó la decisión del órgano contralor.
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