Diario Constitucional

Existió transgresión.

CS confirmó sentencia y acoge protección por negación de renovación de patente de alcoholes.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el arbitrio constitucional; decisión confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema.

Por Redacción·27 de febrero de 2015·3 min de lectura
CS confirmó sentencia y acoge protección por negación de renovación de patente de alcoholes.
Referencial

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra de Municipalidad de Antofagasta.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales correspondientes al derecho de propiedad y no ser juzgado por comisiones especiales, por el acto arbitrario e ilegal del recurrido consistente en la dictación del Decreto Alcaldicio Nº 1203/2014 de fecha 31 de julio del presente año, notificado el día 1 de agosto, mediante el cual se dispuso la no renovación de la patente de alcohol Rol 4001474, cuyo titular es la sociedad recurrente y de la cual gozaba para la explotación de su mini mercado de alcoholes denominado “Los Gatos”, ubicado en calle Augusto D’Halmar Nº 941 de esta ciudad.

Por su parte, el recurrido adujo la ausencia de un acto ilegal de su parte, pues los hechos aducidos en el recurso son inexactos o inexistentes. Y es que, pese a que en el libelo se habla de actos ilegales, lo cierto que también reconoce expresamente la facultad de la Municipalidad para otorgar, denegar o no renovar una patente de alcoholes, facultad prevista en los artículos 65 letra Ñ de la Ley Orgánica de Municipalidades, en relación con el artículo 5º de la ley de alcoholes. Las patentes son de carácter semestral y para renovarlas, el acuerdo

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