No se verifica ilegalidad.
CS revocó sentencia y rechaza protección contra Seremi de Transporte y Telecomunicaciones.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección; mas, la Corte Suprema -en alzada- revocó esta resolución.

Se dedujo acción de protección –por parte de una empresa- en contra del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la región del Biobío.
El recurrente estimó infringido el artículo 19 en sus numerales 2, 21 y 22 de la Carta Fundamental.
Al efecto, se expuso en el libelo que la ilegalidad y arbitrariedad se verificó respecto del acto administrativo constituido por el Informe de Evaluación de las Ofertas Técnicas de fecha 4 de septiembre de 2014, emanado de la Comisión Evaluadora designada por Resolución Exenta N° 1605 de 23 de julio último, procedente de la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de Biobío, que determinó excluir su oferta técnica de la licitación pública para la «Concesión de ocho concesiones para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en la Región del Biobío», por estimar que ella no cumplía con los requisitos fijados al efecto por las Bases Administrativas de la Licitación Pública, en particular, lo establecido en el artículo 2.2.1.1 y 2.2.7.1 letra A. a.1) que exigía, en caso que el oferente fuera una persona jurídica, acreditar la constitución, modificación y vigencia de la sociedad mediante una serie de documentos, entre los que figuraba una “fotocopia autenticada de la cédula de identidad del representante legal”.




