No es la vía idónea.
CS confirmó sentencia y rechaza protección deducida por Comunidades Indígenas.
La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada, en todas sus partes, por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de un grupo de Comunidades Indígenas- en contra del Primer y del Segundo Juzgados Civiles de Osorno.
Los recurrentes estimaron vulneradas las garantías contempladas en el artículo 19 números 1, 3, 4, 5, 6, 8 y 24 de la Carta Fundamental.
Al efecto, solicitaron en esencia en su libelo que se declarare la nulidad de 16 sentencias firmes dictadas en procedimientos voluntarios seguidos ante el Primer y Segundo Juzgados de Letras de Osorno, en las que se habrían otorgado concesiones mineras a particulares, supuestamente sobre territorios indígenas, porque los jueces que así lo hicieron, omitieron cumplir con la obligación de consulta previa a que se refiere el Convenio Internacional 169 de la OIT, en su artículo 6, Nº 1 letra a).
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