Por unanimidad.
CS confirmó sentencia y rechazó protección deducido por Corporación contra SEA por supuesta omisión de presentaciones para dar término anticipado a procedimiento de evaluación ambiental.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 8 y 14.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por la Corporación de Defensa de la Cuenca del Mapocho en contra del Servicio de Evaluación Ambiental por la supuesta omisión de presentaciones por las que solicitó dar término anticipado de procedimiento de evaluación ambiental de un proyecto.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la supuesta omisión en dar tramitación y pronunciarse respecto de 4 presentaciones por las que solicitó dar término anticipado del procedimiento de evaluación ambiental del denominado Proyecto Los Bronces Integrados, de la sociedad ANGLO AMERICAN SUR S.A.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 8 y 14.
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