Por unanimidad.
CS confirmó sentencia y rechazó protección deducido por sociedad contra Director de Arquitectura del MOP del Bío-Bío por sus dichos contra la recurrente respecto de ejecución de contrato.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del artículo 19 numeral 4.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción y rechazó un recurso de protección deducido por la sociedad Proyectos y Rehabilitaciones Kalam S.A-Chile en contra del Director de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas de la Región del Bío-Bío por sus dichos en contra de la recurrente.
En cuanto a los hechos, se recurrió de acción de protección en contra del Director de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas (MOP) de la Región del Bío-Bío por sus dichos en medios de comunicación masivos, señalando que el descascaramiento de la pintura de la fachada del ex Teatro Enacar Lota Alto se debió a una mala aplicación de ésta, imputándosela directamente a la recurrente.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del artículo 19 numeral 4.
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