Por unanimidad
CS declaró admisible protección deducida por arrendataria de local comercial en contra de Wallmart frente al cerrado de su negocio y su expulsión por la vía de la fuerza.
Recurrente estimó vulnerado su derecho de dominio sobre su contrato de arrendamiento.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y en su lugar acogió protección deducida por arrendataria de local en contra de su actual arrendador Wallmart Chile S.A., a quienes denuncia por haberle cerrado su local sin su autorización.
En su libelo, la actora expresa que no sólo se le impidió abrir su local mediante la postura de candados a los que no tiene acceso, sino que además cuando reclamó ante tales hechos, habría sido expulsada mediante el uso de la fuerza y con insultos.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso señaló que la situación descrita en el recurso en análisis debe ser ventilada en un procedimiento de lato conocimiento, toda vez que se relaciona con la ejecución de un contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, excediendo, por ello, a la naturaleza y fines de esta acción cautelar de rango constitucional.
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