Diario Constitucional

Con voto en contra.

CS desestima recurso de protección contra Servicio de Registro Civil por rechazar la solicitud de rectificación de posesión efectiva solicitada por la hija natural no inscrita de una difunta.

La resolución administrativa que concedió la posesión efectiva de una herencia solo puede ser modificada en virtud de una resolución judicial.

Por Redacción·01 de marzo de 2021·2 min de lectura
CS desestima recurso de protección contra Servicio de Registro Civil por rechazar la solicitud de rectificación de posesión efectiva solicitada por la hija natural no inscrita de una difunta.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó un recurso de protección interpuesto en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación por denegar la solicitud de rectificación de posesión efectiva realizada por la hija natural no inscrita de una causante.

El conflicto surge luego que la actora solicitara al Registro Civil la modificación de la posesión efectiva de los bienes quedados tras el fallecimiento de su madre con el fin de incluirla como heredera. El recurrido rechazó la solicitud indicando que la actora posee una filiación indeterminada respecto de la causante, ya que al momento de nacer sus padres biológicos no estaban casados y la recurrente no fue inscrita como hija de la causante mediante instrumento público subinscrito al margen de su partida de nacimiento.

La actora accionó de protección, acusando que el actuar del recurrido es ilegal y arbitrario, ya que su filiación no matrimonial se encuentra determinada en conformidad a los artículos 33 y 188 del Código Civil y el Registro civil recurrió a normas derogadas para sustanciar su rechazo, vulnerando su derecho de igualdad ante la ley y de propiedad sobre los bienes de la causante.

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