Tercera sala.
CS desestimó acción de protección interpuesta por Secretaria Titular en contra de la Juez y la Oficial Primero del Primer Juzgado de Policía Local de Iquique.
Las recurridas, al informar el recurso, exponen que efectivamente se dictó un decreto económico que no permitía el ingreso al Tribunal, pero que se aclaró posteriormente en el sentido de prohibirse el ingreso mientras durara el proceso de la investigación sumaria y sólo en cuanto a ejercer el cargo de Secretaria Titular.

La Secretaria Titular del Primer Juzgado de Policía Local de Iquique dedujo recurso de protección en contra de la Juez y la Secretaria subrogante, porque le habrían impedido el ingreso a dependencias del tribunal en virtud de un decreto económico que se sustenta en la tramitación de un sumario administrativo por retrasos, en el que se dispuso la suspensión de sus funciones.
Las recurridas, al informar el recurso, exponen que efectivamente se dictó un decreto económico que no permitía el ingreso al Tribunal, pero que se aclaró posteriormente en el sentido de prohibirse el ingreso mientras durara el proceso de la investigación sumaria y sólo en cuanto a ejercer el cargo de Secretaria Titular.
La Corte de Apelaciones de Iquique desestimó la acción constitucional, para lo cual tuvo presente que si bien “las recurridas excedieron el marco de la prohibición impuesta en el sumario administrativo”, esa “decisión errónea fue salvada mediante la aclaración en virtud de un nuevo decreto económico”, por lo que el fundamento del recurso intentado “perdió su sustento fáctico” y debe ser rechazado.
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