En fallo unánime.
CS rechazó recurso de protección en contra de INDAP por baja de grado a una funcionaria.
El organismo actuó conforme a las normas del Estatuto Administrativo.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó un recurso de protección contra el Instituto de Desarrollo Agropecuario, en donde se solicitaba dejar sin efecto una resolución que bajó de grado 10° a grado 11° EUR a una funcionaria de INDAP, Región de la Araucanía.
El conflicto surge luego que mediante resolución exenta se designara a una funcionaria profesional a contrata como “Ejecutiva de Servicios Integrales de la comuna de Saavedra”, en grado 11° EUR, siendo que la funcionaria se desempeñaba previamente en la misma función, pero en Grado 10° EUR.
La recurrente presentó acción de protección acusando una vulneración a sus derechos fundamentales de igualdad ante la ley, libertad de trabajo y de propiedad, alegando que la modificación del grado se realizó por mero capricho, sin motivo ni fundamentación, lo cual constituyó una discriminación arbitraria al no fundamentar el INDAP la reducción de su grado en ningún antecedente objetivo para determinar la idoneidad del desarrollo de sus labores.
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