Diario Constitucional

En contexto de proceso penal.

CS revoca decisión de la Corte de Talca que había declarado inadmisible una acción de hábeas corpus.

“no se advierte ninguna cuestión formal que impida su tramitación”

Por Redacción·11 de marzo de 2013·1 min de lectura
CS revoca decisión de la Corte de Talca que había declarado inadmisible una acción de hábeas corpus.
Referencial

El máximo Tribunal acogió el arbitrio, declarando que el tribunal de alzada deberá proceder a dar debida tramitación a la acción constitucional, al estimar que “no se advierte ninguna cuestión formal que impida su tramitación”, toda vez que se cumplen los presupuestos exigidos para tal efecto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y que la acción de amparo es independiente de la resolución que le sirve de fundamento, sin alterar “el sistema recursivo procesal penal, razones por las que no resulta aplicable a su respecto la ficción del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales”.

Ver texto íntegro de la sentencia.

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