Tercera sala.
Corte Suprema revoca sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y declara inadmisible acción de protección interpuesta por funcionario público a quien se sancionó por incumplir obligación de guardar reserva en sumario administrativo
El máximo tribunal declaró inadmisible la acción por encontrarse extemporánea.

Un funcionario público dedujo recurso de protección en contra del Director Regional del Servicio de Aduanas de Antofagasta, por la aplicación en un sumario administrativo de una multa del 15% de su remuneración mensual.
La situación se origina luego de que el recurrente acompañara a una causa judicial los antecedentes de un sumario administrativo, lo que motivó que se le imputara y sancionara por incumplimiento de la obligación de guardar reserva en los asuntos que así lo demandan.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió la acción constitucional, para lo cual tiene presente que al “hacerse públicos los antecedentes de un sumario administrativo por el titular de tal beneficio, no contraviene la ley ni puede reprochársele infracción alguna”. De allí que al “acompañar las piezas de dicho sumario a un proceso judicial el recurrente sólo estaba ejerciendo su derecho a accionar ante un tribunal ordinario de justicia en un proceso que estimó debía iniciar por considerar que estaba siendo afectado en su honra, aportando información a la que tuvo acceso legítimamente, pues ya había cesado la etapa secreta del mismo”.
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