Por unanimidad.
Corte Suprema revocó sentencia que declaró inadmisible protección en contra de constructora por supuestamente mantener basural y desechos cerca del domicilio del recurrente
El máximo Tribunal indicó que, del mérito de los antecedentes, se puede constituir la vulneración de garantías constitucionales establecidas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia que, declaró inadmisible el recurso de protección deducido por un arquitecto en contra de Constructora CVP Ltda., por supuestamente mantener acopios de deshechos y un basural, cercanos al domicilio del recurrente.
El recurrente estimó vulnerados sus garantías del artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República.
Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso señaló que, atendido el mérito de los antecedentes, estimó la Corte que en el libelo en análisis no se señaló con claridad hechos que puedan constituir vulneración a derechos que se encuentren protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto.
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