En forma unánime.
Corte Suprema revocó sentencia que declaró inadmisible protección en contra de Municipalidad de Santa María por destitución de recurrente
El máximo Tribunal señaló que la acción constitucional ha sido entablada dentro del período de treinta días contemplado en el Auto Acordado de la Corte sobre tramitación del Recurso de Protección.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible el recurso de protección contra la Municipalidad de Santa María por la destitución del recurrente.
Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó que, advirtiendo del examen del recurso que el acto reclamado es el Decreto Alcaldicio N° 2171, de fecha 16 de septiembre pasado, que dispuso la destitución del recurrente, y que el presente arbitrio se dedujo el día tres de noviembre pasado, esto es, transcurrido el plazo de treinta días corridos previsto para tales efectos en el numeral 1 del Auto Acordado de la Corte Suprema; y teniendo presente además que la pretensión del actor es una cuestión que debió promoverse en un procedimiento de lato conocimiento que excedió el objeto y naturaleza de la acción incoada en autos, se declaró inadmisible el recurso de protección.
Por su parte, la Corte Suprema señaló que, de la revisión de los antecedentes se desprendió que la parte recurrente sólo tomó conocimiento de los antecedentes en que fundó el presente arbitrio con fecha 4 de octubre de 2019, de manera que al haberse entablado la acción constitucional materia de estos autos recién el 3 de noviembre del presente año, la misma lo ha sido dentro del período de treinta días contemplado en el Auto Acordado de esta Corte sobre tramitación del Recurso de Protección, por lo que se revocó la sentencia apelada y se acogió el recurso de protección.
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