Diario Constitucional

Medida ilegal y arbitraria.

CS revocó sentencia y acoge amparo en favor de ciudadana peruana por prohibición de ingreso al país.

La decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Dolmestch, quien estuvo por confirmar la sentencia impugnada.

Por Redacción·18 de noviembre de 2015·3 min de lectura
CS revocó sentencia y acoge amparo en favor de ciudadana peruana por prohibición de ingreso al país.
Referencial

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por una ciudadana peruana a quien el Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones le impidió ingresar al país con visa de turista, pese a contar con pasaje de salida.

En su sentencia, el máximo Tribunal expone que en este contexto resulta improcedente someter al extranjero, que se presenta como turista ante la autoridad policial –y que cumple los requisitos legales demandados en tal calidad–, a una indagación sobre otros motivos mediatos para su ingreso al país –que no guarden relación con una actividad criminal, desde luego–, si el propio D.L. N° 1094 en su artículo 49 autoriza al turista a solicitar el cambio de su calidad por la de residente o residente oficial, según proceda, en los casos que la misma norma enuncia.

Y es que, huelga explicar que no cabe entender –a riesgo de caer en conductas discriminatorias por parte del funcionario estatal– que la calidad de turista que invoca el extranjero al solicitar el ingreso al país, mute, se pierda, o pueda calificarse de falsa, si éste tiene la intención de más tarde requerir la modificación de estatuto que autoriza la ley, y, por otra parte, en este supuesto el cumplimiento de los requisitos para tal cambio de calidad será examinado en su oportunidad por la autoridad administrativa.

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