Acto ilegal y arbitrario.
CS revocó sentencia y acoge amparo en favor de ciudadano dominicano.
La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de amparo, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.

Se dedujo acción de amparo –por parte de un ciudadano dominicano- en contra de la Intendencia de Arica y Parinacota, por cuanto ésta mediante Resolución Exenta, decretó orden de expulsión del país en su contra.
La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de amparo, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.
En su sentencia, adujo en lo grueso el máximo Tribunal que, “de la normativa antes transcrita, se desprende que los extranjeros que ingresen clandestinamente a Chile pueden ser condenados con penas privativas de libertad, para lo cual se requiere que se inicien las acciones jurisdiccionales pertinentes, de manera que sólo se configura el ilícito penal en la medida que se ejerza esa facultad precedida de un juicio al efecto, esto con el fin último de resguardar el derecho a un justo y racional procedimiento, de manera que en caso de desistirse la autoridad de la referida acción se extingue la misma. Ahora bien, la referida potestad se caracteriza por otorgar un margen de libertad para decidir sobre un asunto, siempre que su actuar se encuentre determinado previamente por una regla contenida en una norma jurídica, pero dicha discrecionalidad, como se desprende de la exégesis, entre otros, de los artículos 6 y 19 N° 26° de la Constitución Política de la República, no puede constituir una arbitrariedad que prive, perturbe o amenace los derechos fundamentales de alguna persona, puesto que sólo una habilitación expresa de la ley puede autorizar su ejercicio, lo que se refuerza a través del inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que instituye, y que los hechos y los fundamentos de derecho del acto de la autoridad administrativa que los limite, restrinja, prive, perturbe o amenace, "deberán siempre expresarse".
Te puede interesar

Conforme a derecho.
CS revocó sentencia y rechaza protecciones contra ISAPRE por alza en planes debido a incorporación de cargas.

Comuna de Navidad.
Corte de Rancagua acogió protección y ordena retirar reja que impide acceso a predios.

Vía inidónea.
CS declara inadmisible protección contra Cámara de Diputados.

