En fallo unánime.
CS revocó sentencia y acogió amparo contra Jueza por mantener internación provisoria de adolescente.
El máximo Tribunal estimó que aparece de toda evidencia que la internación provisoria mantenida, lo ha sido en contradicción con las normas que lo hacen procedente, razón por la cual el recurso interpuesto habrá de ser acogido.

La Corte Suprema revocó sentencia y acogió una acción de amparo en contra de una Jueza por mantener internación provisoria de adolescente.
Respecto a los hechos, consta que el amparado fue formalizado el 3 de noviembre de 2018 como autor de un delito consumado de homicidio simple, luego de lo cual se decretó en su contra la internación provisoria, la que cumple en el Centro de Internación Provisoria San Joaquín. Luego, se discutió la inimputabilidad del amparado, en virtud de una eventual enajenación mental.
El máximo Tribunal expuso en su sentencia que se trata de un imputado, de quien se tiene sospecha acerca de su inimputabilidad por enajenación mental, motivo por el cual se suspendió el procedimiento de conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal, solicitándose la realización de un informe psiquiátrico ante la autoridad competente para determinar la efectividad de dicha calidad, sin embargo, se mantuvo la medida cautelar de internación provisoria del artículo 32 de la Ley N° 20.084.
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