En fallo unánime.
CS revocó sentencia y acogió protección contra Ministerio del Interior por disponer la no renovación de una funcionaria con doce años de antigüedad.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales consagradas en el artículo 19, números 1, 2, 16 y 24 de la Constitución Política.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Talca y acogió la acción de protección deducida contra el Ministerio del Interior y Seguridad Pública por disponer la no renovación de contrata de una funcionaria del Servicio de Gobierno Interior en la Gobernación Provincial de Talca para 2019, en virtud de la Resolución Exenta N°7010 de 23 de noviembre de 2018.
De acuerdo al recurrente, cuando ingresó al servicio, el 1 de enero de 2007, era técnico en contabilidad y actualmente está estudiando Ingeniería en Administración, mención Gestión Pública. Agregó que durante los 12 años que estuvo prestó diversas funciones, lo que demuestra su gran preparación para el desempeño de la función pública, de la que ha sido arbitrariamente despojada. Sus calificaciones siempre estuvieron en Lista 1 de Distinción con una hoja de vida intachable y siempre se cumplieron los objetivos de los programas que tuvo a su cargo.
El máximo Tribunal expresó en su sentencia que la circunstancia de haber permanecido la actora en el cargo a contrata por más de 10 años generó a su respecto la confianza legítima de mantenerse vinculada con la Administración, de modo tal que su relación estatutaria sólo puede terminar por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución o por una calificación anual que así lo permita, supuestos fácticos que no concurren en la especie. Por ello, la decisión de no renovar la contrata de la recurrente ha devenido en una vulneración de las garantías constitucionales por ella invocadas.
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