En forma unánime.
CS revocó sentencia y declara admisible amparo contra Gendarmería por disponer traslado de interno amenazado de muerte.
De los antecedentes del recurso, aparece que la situación allí descrita sí constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago y declaró admisible la acción de amparo deducida en contra de Gendarmería de Chile por disponer el traslado de un interno que estaría amenazado de muerte.
Respecto de los hechos, consta que el amparado se encuentra actualmente recluido en Colina I, ya que fue condenado a dos años de prisión por el delito de incendio con resultado de muerte.
Cabe recordar que la sentencia de la Corte de Santiago, expuso en su oportunidad que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramitación, declarando así inadmisible el recurso intentado.
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