No es la vía idónea.
CS revocó sentencia y rechaza protección deducida por haberse retenido devolución de impuestos.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.

Se dedujo acción de protección en contra de la Tesorería General de la República.
La recurrente estimó vulnerada las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 Nºs 2 y 24 de la Constitución Política.
Al efecto, expuso en su libelo que la recurrida se negó a entregarle el dinero que por concepto de devolución de impuestos le corresponde en el crédito del contribuyente Cristian Adolfo Contreras Fernández, quien le cedió su crédito por escritura pública, con el objeto de pagar una deuda por concepto de pensiones alimenticias.
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