Carece de un derecho indubitado.
CS revocó sentencia y rechaza protección deducida por Municipalidad de Ancud a raíz de aumento de tarifa eléctrica.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el recurso de protección, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.

Se dedujo acción de protección –por parte de la Municipalidad de Ancud- en contra de la Sociedad Austral de Electricidad Sociedad Anónima (SAESA), en contra del Panel de Expertos de la Ley General de Servicios Eléctricos, y en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
La recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en los numerales 2° y 24° del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Al efecto, expuso en su libelo que, desde el mes de febrero del 2015, diversos clientes de Saesa, han sido informado por medio de unan circular adjunta las Boletas o facturas por servicios eléctricos, de la aplicación de una nueva tarifa eléctrica y de la aplicación de un recargo adicional por reliquidación de diferencias de tarifas de los servicios eléctricos de los periodos 2011-2014 en aplicación al Oficio Circular Nº 13.442 del 9 de diciembre del 2014, emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustible, siendo su fuente legal, seis decretos supremos que no fueron tramitados oportunamente ni tomados razón por la Contraloría General de la República y por tanto no aplicados conforme a la Ley General de Servicios eléctricos (DFL 4/2008).
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