Diario Constitucional

Fallo confirmado por la Corte Suprema

Descuentos de la remuneración de funcionaria efectuados unilateralmente se dejan sin efecto por infringir la ley del contrato y el principio de intangibilidad de las remuneraciones.

La medida vulnera el derecho de propiedad de la actora y el principio de la confianza legítima generada, tras haber percibido su remuneración durante más de seis años bajo las mismas condiciones.

Por Redacción·20 de noviembre de 2024·4 min de lectura
araucanianoticias.cl
Referencial

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte (SSAN), por el desconocimiento y posterior pérdida de la asignación económica mensual por desempeño en condición especial de la actora.

La recurrente, cirujano dentista, expuso que fue contratada por el SSAN en 2017 para brindar apoyo en la atención odontológica en diversas comunas rurales de la provincia de Malleco, bajo un contrato renovable. Indicó que aceptó el cargo considerando la remuneración pactada, que reflejaba el esfuerzo adicional de su trabajo itinerante. Durante la emergencia sanitaria por COVID-19, asumió tareas administrativas adicionales sin objeciones.

Relató que en abril de 2024 descubrió un descuento inesperado de más de $1.000.000.- en su remuneración, el cual posteriormente fue explicado de manera verbal como un problema con las asignaciones de su pago.

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