Recurso de protección rechazado.
Discusión sobre los efectos de un herbicida que se aplica en el campo del Club de Golf Chicureo debe ser resuelta en un juicio contradictorio, confirma la Corte Suprema.
Además, tampoco se logró comprobar que los productos químicos afectaron la salud de los hijos del recurrente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto por el propietario de un lote ubicado en el Condominio “Las Brisas de Chicureo” en contra del Club de Golf y Deportes Chicureo, por el que se solicitó suspender la aplicación de químicos en parte de su terreno que se encuentra gravado con una servidumbre a favor del Club de Golf.
El recurrente explica que su predio colinda con la cancha “Golf Valle” perteneciente al Club de Golf Chicureo, y que parte de su propiedad se encuentra gravada con una servidumbre a favor del recurrido, con la finalidad de ser utilizada como área verde y campo deportivo. Lo anterior acontece, pues los lotes colindantes al Club Chicureo fueron adquiridos con servidumbres para la construcción del campo de golf contemplado en el diseño del complejo inmobiliario “Las Brisas de Chicureo”.
Es así, que desde el 2021 sin mediar aviso el recurrido ordenó a sus trabajadores intervenir parte de su terreno y rociar periódicamente productos químicos -herbicidas-, con la finalidad de impedir el crecimiento de pasto y maleza. Sin embargo, estas sustancias provocaron en su familia reacciones alérgicas, respiratorias y físicas (neumonía, irritación grave de ojos, dermatitis, etc.), por lo que estima que existe una afectación a sus derechos fundamentales de vida e integridad física y psíquica y a vivir en un ambiente libre de contaminación.
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