Diario Constitucional

Estatuto de partidos políticos.

Exclusión del padrón electoral de ex militante que solicitó su reincorporación al Partido Socialista se ajusta a los estatutos de la colectividad, resuelve la Corte Suprema.

La pretensión del actor de invalidar una elección partidaria por no habérsele permitido participar en un proceso eleccionario no es susceptible de ser debatida mediante recurso de protección. La LOC de Partidos Políticos consagra un procedimiento especial para estas reclamaciones.

Por Redacción·15 de septiembre de 2022·5 min de lectura
Imagen: Radio Universidad de Chile
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La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Chillan que rechazó el recurso de protección interpuesto por un militante del Partido Socialista al que se le impidió ejercer su derecho a sufragar en las elecciones internas de esa colectividad.

En su libelo, el recurrente expone que militó en el Partido Socialista durante los años 1999 a 2010, y que con posterioridad, en septiembre del 2021 se reincorporó a la tienda socialista, para lo cual entregó su ficha de afiliación al Secretario General del Partido.

Añade que la colectividad no se pronunció sobre su solicitud lo que hace aplicable lo dispuesto en el artículo 19 inciso 3 de la LOC de Partidos Políticos: “Si el partido político no se pronuncia sobre la solicitud dentro del plazo de 40 días hábiles desde que esta se efectuó, se entenderá por aceptada, pudiendo el solicitante requerir al Servicio Electoral que lo incorpore como afiliado o adherente al respectivo registro del partido”.

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