Recurso de protección acogido.
Gendarmería debe permitir a funcionario que padece de alopecia adecuarse al cumplimiento de la normativa interna sobre uso del cabello.
Lo que pretende el funcionario es únicamente portar sus cabellos de forma tal que se le oculten los vacíos que su enfermedad le genera, sin buscar innovar sobre la forma o apariencia del peinado que al menos durante 22 años ha sido aceptado por sus superiores.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que desestimó el recurso de protección interpuesto por un Sargento de Gendarmería en contra de esa institución y del Jefe de Unidad del Complejo Penitenciario de Concepción, por actos de hostigamiento y burlas a causa de la calvicie que afecta al uniformado.
El recurrente expone que es funcionario de Gendarmería desde hace 23 años, prestando servicios actualmente en el Centro Penitenciario de Concepción, y que padece de una enfermedad llamada alopecia areata, que le provoca zonas de calvicie circulares que aparecen repentinamente.
Indica que a raíz de esa enfermedad, ha sido hostigado y recibido burlas de parte del Jefe de Unidad del recinto donde trabaja, quien lo insta a cortarse el cabello, o bien, a “asumirse pelado”. Agrega que, además de aquellas burlas, ha sido obligado a llevar un determinado corte, sin tener en consideración su situación de salud, ya que, de seguir las instrucciones impartidas se verían círculos calvos que afectarían no solo la relación que tiene con sus pares, sino que también la que lleva con las personas privadas de libertad que tiene bajo su custodia.
Te puede interesar

Recurso de protección rechazado.
Para entregar los fondos previsionales existentes en la cuenta de capitalización individual de un afiliado fallecido a los hermanos, se debe acreditar previamente que no existen beneficiarios de pensión de sobrevivencia, resuelve la Corte de Rancagua.

Recurso de protección acogido.
Cancelación unilateral de una póliza de seguro por no pago de la prima cuando el plazo convenido para pagar aún estaba vigente, es ilegal y arbitrario, resuelve la Corte de Antofagasta.

Recurso de protección rechazado.
Cobranza extrajudicial efectuada mediante el envío de 4 correos electrónicos no puede ser calificada de hostigamiento ni atentatoria de derechos fundamentales.

