Recurso de protección rechazado.
Intervención policial debe ceñirse a las instrucciones particulares emanadas de la Fiscalía, por lo que no se vulneran garantías constitucionales de camionero de la Araucanía al que se le sustrajo un camión, resuelve la Corte de Temuco.
Los antecedentes aportados por el recurrente sí han sido considerados y utilizados de forma adecuada en la investigación, informa la PDI.

La Corte de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto por un camionero en contra de PDI por no avanzar en la investigación por el delito de robo con violencia ni dar con el paradero de su camión aparentemente sustraído.
El actor expone que la PDI ha tenido un deficiente procedimiento policial a la hora de investigar los hechos denunciados, por cuanto, a pesar de haber acompañado información con la ubicación actual de su camión, la recurrida no concurrió al lugar, en atención a que dicha diligencia ya fue instruida por Fiscalía y ellos determinan cuales son las que permiten esclarecer los hechos, por lo que se infringe la Ley Orgánica de Policía de Investigaciones, ya que la misión que tienen es investigar los delitos de conformidad a las instrucciones que al efecto dicte el Ministerio Público, sin perjuicio de las actuaciones que en virtud de la ley le corresponde realizar sin mediar instrucciones particulares de los fiscales.
Estima vulnerado su derecho a la integridad psíquica de la persona, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
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