Diario Constitucional

Igualdad ante la ley.

Juez de Policía Local debe entregar copia de todo lo obrado en un expediente en una causa infraccional. Corte de Valdivia acogió recurso de protección.

El usuario de un Tribunal tiene derecho a requerir antecedentes de su interés, por lo que la falta de recursos no es un argumento válido para negar aquella solicitud.

Por Redacción·24 de diciembre de 2021·3 min de lectura
Juez de Policía Local debe entregar copia de todo lo obrado en un expediente en una causa infraccional. Corte de Valdivia acogió recurso de protección.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección deducido en contra de un Juez de Policía Local de Osorno, y le ordenó entregar copia de todo lo obrado en un expediente en una causa infraccional.

En su libelo, el actor explica que en el mes de abril del año 2021 fue objeto de un parte empadronado por estacionar en un lugar prohibido, por lo que fue citado a una audiencia ante el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, oportunidad en la cual acompañó prueba documental y testimonial para acreditar que no eran efectivos los hechos imputados por el fiscalizador. Es así que, en el mes de abril del mismo año el Tribunal lo absolvió.

Refiere que, al solicitar copia simple de todo lo obrado en el expediente, el recurrido accedió parcialmente a su petición, y solo le entregó determinadas actuaciones, sin fundamentar su decisión. Por ello, denuncia la vulneración de la garantía consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución.

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