Diario Constitucional

Igualdad ante la ley.

La decisión de no renovar la patente de alcoholes de la actora careció de fundamento. Se acoge recurso de protección contra Municipalidad de Cerro Navia.

Al renovar la patente de alcoholes a otros dueños con mayor número de infracciones durante la última anualidad, la entidad edilicia infringió el derecho de igualdad ante la ley de la recurrente.

Por Redacción·24 de noviembre de 2021·3 min de lectura
Imagen: Elinformadorvaldiviano.cl
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La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, que acogió el recurso de protección deducido en contra de la Municipalidad de Cerro Navia, y ordenó la renovación de la patente de alcoholes de la actora, por cuanto la decisión careció de fundamento.

En su libelo, la recurrente expone que le cursaron dos partes empadronados por atender fuera de horario, los cuales se encuentran actualmente reclamados ante el respectivo Juzgado de Policía Local. Es así que, en razón de lo anterior y sin escuchar sus alegaciones, la sesión extraordinaria del Concejo Municipal decidió no renovar su patente, en circunstancia que en la misma audiencia se aprobó la renovación de patentes de locales que registraban mayor número de infracciones y de carácter más grave que las que se esgrimieron a su respecto.

Estima que el acto recurrido es ilegal y arbitrario, pues transgrede las garantías aseguradas en el artículo 19 Nº2, Nº21, Nº22, y Nº24 de la Carta Fundamental; y solicita se deje sin efecto el acto recurrido.

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