Recurso de protección rechazado.
Negativa de AFP a devolver fondos previsionales a ciudadana extranjera que no expresó su voluntad de mantener afiliación previsional en su país, se ajustó a derecho.
La recurrente firmó, luego de ocho meses de terminada su relación laboral, un anexo de contrato donde manifestaba dicha voluntad, no cumpliendo así con la normativa aplicable, que exige que el instrumento que contenga su consentimiento haya sido suscrito mientras esté vigente su trabajo.

La Corte de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto por una médico de nacionalidad ecuatoriana en contra de AFP Capital, por rechazar su solicitud de devolución de fondos previsionales.
La recurrente señala que se desempeñó como médico cirujana en el país desde el año 2006 hasta septiembre de 2021, prestando servicios en la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto. Indica que el período de cotizaciones previsionales abarca desde el año 2012 hasta el mes de febrero de 2021, llegando a un total de fondos recaudados en su cuenta de capitalización individual de $26.333.119.-
Agrega que en mayo de 2022 concurrió a las dependencias de la AFP con el fin de solicitar el retiro total de sus fondos, en virtud de lo establecido en la Ley N° 18.156, que permite la devolución de fondos a los técnicos extranjeros. Expresa que, en cumplimiento de los requisitos legales, acompañó un oficio emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el cual certifica su afiliación a un régimen previsional de ese país, y el anexo de contrato de trabajo que da cuenta de su voluntad de mantener la afiliación referida precedentemente. No obstante entregar esos antecedentes, su petición fue rechazada, aduciendo que el anexo de contrato laboral acompañado fue firmado con posterioridad al término de la relación contractual.
Te puede interesar

En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Banco por negativa a restituir fondos que fueron sustraídos a través de tarjeta de crédito.

En fallo unánime.
CS confirma fallo que rechazó reclamación tributaria de sociedad de inversiones.

Recurso de protección rechazado.
Resolución que puso término anticipado a contrata de funcionario público se encuentra debidamente fundada.

