Recurso de amparo acogido.
Orden de arraigo decretada hace más de 30 años en una causa que se encuentra extraviada, carece de sustento, resuelve Corte de San Miguel.
No consta la ubicación actual de la causa instruida por la Cuarta Fiscalía Militar de Santiago, ni tampoco sí en su oportunidad dicha causa ingresó a esta Corte, o si fue remitida al Juzgado competente para su conocimiento.

La Corte de San Miguel acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de la PDI por mantener en sus registros una orden de arraigo vigente desde 1990 en contra de un hombre por una causa seguida en la Cuarta Fiscalía Militar de Santiago.
El recurrente alegó que cuando intentó viajar a Argentina, tomó conocimiento de que había una orden de arraigo vigente en su contra, en circunstancias que fue sobreseído en dicha causa por el delito de porte y tenencia de arma hace más de treinta años, por lo que mantenerla vigente es ilegal.
El recurrido informó que “(…) el recurrente registra un arraigo de pleno derecho vigente por Ley de Armas de 13 de junio de 1990, causa de la 4ta Fiscalía Militar de Santiago.”
Comentarios (2)
Ricardo Roselló lamentablemente las policías no se han actualizado en su sistema este dilema que pone de manifiesto la poca seriedad de sus registros con los tribunales de justicias. Esto atenta brutalmente a la dignidad y el respeto a la persona afectada. Es menester corregir y actualizar y modernizar urgentemente sus registros. Gracias
Hector Yo estoy en una situación parecida con una causa de 30 años que no aparece el término de condena y tampoco puedo alzar el arraigo encuentro tan estúpida la medida que causas de más de 30 años aún sigan con sus arraigos vigentes lo cual considero tonto por no decir otra cosa
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