Recurso de amparo rechazado.
Prisión preventiva de imputado por delito de femicidio frustrado a pesar de que la víctima se retractó se ajusta a derecho, resuelve la Corte de Valparaíso.
Es susceptible de revisión por los mecanismos legales establecidos expresamente, sin que conste que se hayan hecho valer.

La Corte de Valparaíso rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Los Andes por no haber modificado la prisión preventiva de un imputado por el delito de femicidio frustrado.
El recurrente alegó que la resolución impugnada es arbitraria e ilegal, ya que en virtud del artículo 144 del Código Procesal Penal, la prisión preventiva se debió haber modificado por una medida menos gravosa, en atención a los nuevos antecedentes que se acompañaron, los cuales difieren a los que se tenían cuando se llevó a cabo la audiencia de control de detención. Particularmente, un video en el que la víctima de manera expresa señala que se está cometiendo una injusticia, en cuanto el imputado es inocente, puesto que no le habría rociado bencina en su cuerpo ni menos prendido fuego sobre él.
El recurrido informó que “(…) la retractación no era suficiente como para desacreditar los antecedentes que habían justificado la existencia del delito y que permitían presumir fundadamente la participación del imputado en ellos en calidad de autor.”
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