Derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.
Recurso de protección deducido en favor de vecinos del humedal-estero Quilpué, en contra de ESVAL por descargas ilegales de aguas servidas, se acoge a trámite.
Aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías fundamentales consagradas en la Constitución.

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Valparaíso, y declaró admisible la acción de protección deducida por la Municipalidad de Villa Alemana, en favor de sus vecinos, en contra de ESVAL, por una serie de acciones que han puesto en riesgo la salud de los habitantes de la comuna, así como la flora y fauna existente en la zona.
Los actores señalan que sus viviendas se emplazan en las cercanías del humedal-estero Quilpué, el que se extiende hasta la comuna de Villa Alemana en el sector de Peñablanca, y que desde el año 2021 se han realizado diversas denuncias de descarga ilegal de aguas servidas por cámaras pertenecientes a ESVAL.
Alegan que si bien la Municipalidad ha sostenido conversaciones con la recurrida, los hechos continúan ocurriendo con regularidad, e indican que hace pocas semanas se produjo una rotura del colector de aguas servidas que produjo una inundación, la que desembocó en el humedal-estero de Quilpué, contaminándolo con hidrocarburos.
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