Recurso de amparo acogido, con voto en contra.
Solicitud de visa del padre de ciudadana venezolana que reside en Chile deberá resolverse por el Consulado en el plazo de 60 días, resuelve la Corte Suprema.
El procedimiento de solicitud de visa debe ser racional y justo, sin discriminación alguna por parte de la Administración.

La Corte Suprema revocó el fallo dictado por la Corte de Santiago, que desestimó el recurso de amparo interpuesto en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores por rechazar la solicitud de visa de responsabilidad democrática de un ciudadano venezolano y concluir el procedimiento.
El recurrente alega que se vulneró el derecho a su libertad ambulatoria, ya que en diciembre de 2021 presentó la solicitud para obtener la Visa de Responsabilidad Democrática, a fin de reunirse con su hija, quien tiene la residencia definitiva en Chile. Sin embargo, con fecha 09 de mayo del 2022 tomó conocimiento del cierre y rechazo de la solicitud al ingresar al sitio web del Consulado de Chile en Venezuela, sin que se le haya notificado resolución alguna al respecto, y cuando envía correos electrónicos al Consulado se le responde que deberá postular nuevamente.
El recurrido no informó al tenor del recurso, a pesar de las cinco veces en que el Tribunal de Alzada le pidió cuenta, prescindiéndose de su informe.
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