Con disidencia.
CS rechaza reclamación de compañía minera contra resolución del Director Ejecutivo del SEIA.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Pierry y del Abogado Integrante Álvaro Quintanilla, quienes fueron de parecer de acoger la reclamación intentada.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia dictada por el Segundo Tribunal Ambiental que, en el marco de un recurso de reclamación en contra del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, acogió el reclamo interpuesto.
Al efecto, cabe recordar que la referida reclamación judicial fue presentada por la Compañía Minera del Pacífico S.A., de acuerdo al artículo 17 N° 5 de la Ley N° 20.600, en relación con el inciso cuarto del artículo 20 de la Ley N° 19.300 y fue deducida en contra de la Resolución Exenta N° 1163 de 10 de diciembre de 2013, dictada por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que rechazó la reclamación administrativa deducida en contra de la Resolución Exenta N° 265 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama de 19 de diciembre de 2011, que calificó favorablemente, pero con condiciones, la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Puerto Punta Totoralillo".
En el arbitrio de nulidad sustancial, el actor denunció en un primer capítulo que la sentencia impugnada infringe el artículo 20 de la Ley N° 19.300. Asimismo, en un segundo capítulo el recurrente sostiene que existe una infracción de los artículos 15 inciso 3°, 56 y 59 inciso final de la Ley N° 19.880 toda vez que dichas normas se refieren a principios generales en materia de impugnación de actos administrativos, las cuales se deben considerar en relación al artículo 20 de la Ley 19.300.
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