En forma unánime.
CS rechazó casación y confirma sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que anuló DS sobre material particulado respirable.
La CS rechazó el recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado, en representación del MMA, y confirmó la sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago que anuló el DS que modificó la norma de material particulado MP10 para el país.

En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado, en representación del MMA, y confirmó la sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago que anuló el decreto supremo que modificó la norma de material particulado MP10 para el país.
Al efecto, cabe recordar que, en su oportunidad, la Magistratura Ambiental ordenó al Ministerio del Medio Ambiente realizar, lo antes posible, un nuevo proceso de revisión de la norma MP10 contenida en el citado D.S. N° 59, dando cumplimiento así a la Ley N° 19.300, que establece “Toda norma de calidad ambiental será revisada por el Ministerio del Medio Ambiente a lo menos cada cinco años”.
En su sentencia, arguye el máximo Tribunal del país que existen distintos grados de motivación exigida tratándose de distintos tipos de actos administrativos. Es por ello que en el caso de un acto de la Administración que suprime exigencias de índole ambiental que han estado vigentes por años se requiere que, para que ellas puedan ser dejadas sin efecto, el estándar de motivación ha de ser altísimo y en el presente caso la motivación es absolutamente insuficiente, particularmente porque no se explica cómo es que se haya podido dictar semejante norma en el pasado ni tampoco se da cuenta -en el acto administrativo impugnado- de datos certeros que avalen una medida de indudable efecto sobre toda la comunidad (…) la sentencia impugnada dictada por el Tribunal Ambiental no ha exigido nada ajeno al deber de fundamentación requerido atendida la especial naturaleza del acto administrativo impugnado.
Te puede interesar

Sanción de SMA.
Segundo Tribunal Ambiental aprobó clausura de depósito de estériles en proyecto minero.

Daño ambiental.
Tercer Tribunal Ambiental rechazó demanda deducida contra Inmobiliaria y Municipio.

Derrame de hidrocarburos.
Segundo Tribunal Ambiental admite a trámite reclamación contra SMA por resolución en que se declara incompetente.

