Daño ambiental.
Medida cautelar: Segundo Tribunal Ambiental ordena paralización inmediata de construcción de caminos ejecutada por Inmobiliaria Altos del Yali en comuna de Santo Domingo.
Tras analizar los antecedentes presentados por las partes, los ministros ambientales determinaron que existe riesgo inminente de un perjuicio irreparable.

El Segundo Tribunal Ambiental ordenó a la Sociedad Inmobiliaria Altos del Yali Ltda., la paralización inmediata de las obras de construcción de caminos en la Quebrada de La Loma, acogiendo una medida cautelar solicitada por la Municipalidad de Santo Domingo en el contexto de la demanda por reparación de daño ambiental presentada contra la empresa en esta judicatura especializada.
“Se resuelve: ha lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se ordena la paralización inmediata de las obras de construcción de caminos, junto con cualquier actividad que no se relacione con las medidas ordenadas en esta resolución o que obedezca a la orden de la autoridad sectorial, que se ejecutan por la Sociedad Inmobiliaria Altos del Yali Ltda., en los predios ‘Lote A1, Lote A3 y Lote A4’ ubicados en la Quebrada La Loma, en el sector denominado Horizontes del Mar, de la comuna de Santo Domingo, Región de Valparaíso”, dice la resolución del Tribunal.
Los ministros tomaron esta decisión luego de analizar diversos antecedentes presentados por las partes, tales como los informes de fiscalización realizados por la Conaf y la DGA de Valparaíso, el procedimiento iniciado por esta última en contra de empresa inmobiliaria, en el que ordenó a Altos del Yali a restituir el cauce de la Quebrada de la Loma, y el expediente de la causa en que el Juzgado de Policía Local de Santo Domingo condenó a los representantes de la empresa al pago de una multa 86 U.T.M., como autores infracción asociada a la corta de bosque nativo (Ley N° 20.283).
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